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Bono clase media: SII crea mecanismo para confirmar o modificar solicitud

Luego de la polémica generada en el formulario para acceder al bono de 500.000, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha informado que desde

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02 de Agosto de 2020 / SANTIAGO A través del sitio web del SII comenzó desde el 01 al 31 de Agosto la postulación para aporte fiscal para la clase media en medio de la pandemia por Covid-19 que se vive en el país FOTO: MARIO DAVILA / AGENCIAUNO

Luego de la polémica generada en el formulario para acceder al bono de 500.000, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha informado que desde este sábado, se podrá corregir la postulación.

Un proceso que no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales, ni a los trabajadores cesantes o suspendidos con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía. Ellos no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud.

‘Conforme a lo establecido en la Ley, se estableció un sistema de solicitud del aporte fiscal que confía en el ciudadano y le permite, bajo declaración jurada, alertándole de las consecuencias de entregar información no fidedigna, indicar los ingresos recibidos en el mes anterior (julio) a la solicitud’, indicó el SII.

‘Concretamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley, a partir del 8 de agosto, estos contribuyentes deberán confirmar o completar la información del mes de julio que declararon en su solicitud al SII’.

Así, los contribuyentes podrán revisar su solicitud, confirmarla, modificarla o anularla, según corresponda.

El procedimiento:

1-El SII comunicará, por correo electrónico, a aquellos contribuyentes que deben completar su solicitud, detallando paso a paso cómo realizar el trámite.

2-Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto el contribuyente podrá confirmar sus ingresos de julio, o bien anular su solicitud, a través de la opción disponible en www.sii.cl.

3-Si debe completar sus remuneraciones de julio, debe escoger la opción modificar e ingresar en la celda editable el monto tributable correspondiente. Es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos. Y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

4-En caso que haya acordado con su empleador una disminución de su remuneración de julio, el contribuyente también debe ingresar el monto tributable recibido. Es decir, el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

5-Una vez indicados correctamente sus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal.

Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema le indicará el monto del bono al que puede acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de su preferencia.

 

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