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Subsidio al Nuevo Empleo: comienzan los pagos correspondientes agosto

Desde el lunes 2 de agosto se comenzó a pagar el beneficio del Subsidio al Nuevo Empleo, a quiénes le corresponda y hayan postulado.

Mariana Miranda |

Subsidio al nuevo empleo

Subsidio al nuevo empleo

A partir del lunes 2 de agosto el SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo), comenzó a notificar a todos los postulantes al Subsidio al Nuevo Empleo si son beneficiados con este.

Este beneficio, es una ayuda económica estatal enfocada en aquellos trabajadores que encontraron una nueva peguita en el último tiempo.

Aunque ojo, los pagos tienen fecha hasta el próximo jueves 5 de agosto para ser depositado a los trabajadores que salieron beneficiados.

Aquellos que postularon, recibirán un correo en el que se informará si es que salieron beneficiarios del Subsidio al Nuevo Empleo.

El pago se realizará por medio de una transferencia electrónica, ya sea en una cuenta bancaria o por medio de la Cuenta Rut de la persona a la que se asoció el beneficio.

¿Cuánto es el monto a pagar?

Si el trabajador tiene una Remuneración Mensual Bruta (RMB) igual o mayor a $326.500 recibirá:

Si el trabajador beneficiario tiene una RMB menor a $326.500 recibirá:

¿Cómo postular?

Si quiere postular al Subsidio al Nuevo Empleo, solo debe ingresar a www.subsidioalempleo.cl y aplicar su Clave Única.

– En el sitio debe escoger «Subsidio al nuevo empleo» y hacer click en «postular al Subsidio».

– Allí deberá ingresar sus datos personales, datos laborales y adjuntar su contrato de trabajo, también deberá ingresar una cuenta bancaria o Cuenta RUT para recibir el pago.

Es importante mencionar que dependiendo de cuando comenzó en el nuevo trabajo, usted debería realizar la solicitud en la página web mencionada.

No pueden acceder al Subsidio

– Personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente.

– Quienes presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.

– Trabajadores suspendidos por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).

– Beneficiarias/os del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ).

– Trabajadores que gocen de licencia médica (incluye pre y postnatal).

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