15 Dic, 2023. 16:47 hrs

Plebiscito 2023: Esta es la multa por no ir a votar este domingo 17 de diciembre

¿Cuánto se debe pagar por no ir a votar? Revisa todos los detalles de la multa por no asistir al local de votación en el Plebiscito Constitucional.


Por Equipo RadioActiva.cl
Plebiscito 2023
Agencia Uno

A solo días de las elecciones, muchos ciudadanos se preguntan ¿Qué pasa si no voy a votar para el Plebiscito Constitucional de Salida 2023?.

Es por ello que es clave resaltar que el voto será de carácter obligatorio, lo que quiere decir que quienes no asistan a sufragar tendrán que pagar una multa a beneficio municipal.

Por esta razón en RadioActiva te contamos todo lo que debes saber para puedas acercarte a votar tranquilo a tu local de votación correspondiente.

Este domingo 17 de diciembre, se desarrollará la esperada votación que definirá el futuro de la Constitución del país, a través del Plebiscito Constitucional de Salida 2023. 

En este contexto, los electores recibirán una papeleta que contendrá la leyenda:  “¿Está usted en contra o a favor del texto de nueva Constitución?”. En base a esto tendrán que decidir entre dos opciones: «A Favor» o «En Contra» para la propuesta de la nueva Constitución. Esto dependiendo de las opciones que tenga cada una de las personas.

En el caso de que la opción «A Favor» tenga la mayoría de votos, se realizará la promulgación de la nueva Constitución Política. Luego, se publicará en el Diario Oficial en un periodo no mayor a 10 días. De este modo entrará en vigencia.

¿Cuál es la multa que se arriesga por no ir a votar en el Plebiscito Constitucional de Salida 2023?

Cabe reiterar que el Plebiscito Constitucional de Salida 2023 el voto será de carácter obligatorio, por lo tanto, quienes no asistan a sufragar tendrán que pagar una multa a beneficio municipal. Esta tendrá valores entre 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales (UTM). (Es decir la multa puede ir desde los $33.000 hasta los $192.000).

Sin embargo, según consignó ADN.cl, las autoridades han aclarado que todas aquellas personas que puedan acreditar las siguientes condiciones, se encontraran exentos de sanciones: 

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral registrado el día de la votación.
  • Otro impedimento grave que sea debidamente comprobado ante el juez competente.


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