24 Oct, 2020. 14:08 hrs

Servel estableció protocolo para casos de votantes con cambio de sexo registral no incorporado en el padrón electoral

Esta formada el Servicio Electoral entregó, para vocales y apoderados, un protocolo para casos de votantes con cambio de sexo registral


Esta formada el Servicio Electoral entregó, para vocales y apoderados, un protocolo para casos de votantes con cambio de sexo registral no incorporado en el padrón electoral.

En nuestro país toda persona mayor de 14 años puede cambiar su nombre y sexo registral,a través del Registro Civil. De esta manera, la no coincidencia entre los nombres de la cédula de identidad o pasaporte de los electores trans, y los nombres que aparecen en el padrón electoral, se debe a que los padrones se cierran con anticipación.

En estos casos, el Sistema de Información y Atención Ciudadana comunicará, con antelación, al delegado del local de votación y a las mesas en que se encuentran inscritos, bajo confidencialidad.

Posteriormente, el delegado de local le informará al presidente de la mesa receptora de sufragios que tiene un caso o más de personas con cambio de sexo registral, “con objeto de que tenga en consideración un trato digno, igualitario y libre de discriminación cuando acuda el elector/a”, según el protocolo.

¿Cómo es el procedimiento?

Entre las obligaciones de los vocales de mesa, está tratar al elector con “su nombre social y pronombres preferidos, ya que no hacerlo importa un acto de discriminación por identidad o expresión de género“.

En casos no identificados, es decir no comunicados a las mesas correspondientes, el Servel recomendó verificar la Cédula Nacional de Identidad, contra los datos del padrón de mesa y tomar en consideración los aspectos faciales de la persona.

Así mismo recordó que al realizar el cambio del sexo registral, el número de RUN y los apellidos de la persona trans se mantienen. 

¿Qué pasa si existen discordancias o dificultades?

En caso de discordancias o dificultades para identificar del elector, “un vocal acompañará a la persona a la oficina electoral, donde se encuentra el experto en identificación del Servicio de Registro Civil e Identificación”.

Realizado el proceso, el vocal regresará con el elector a realizar su votación. Así mismo, ningún vocal o apoderado “divulgará a terceras personas ni a medios de comunicación sobre la/s causa/s que motivaron la realización de esta verificación de identidad“.

El protocolo también entregó conceptos útiles frente a estos casos como son la identidad y expresión de género, transgénero o persona trans, sexo asignado al nacer, el cual se puede revisar en detalle en la página web del Servel.


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