26 Sep, 2023. 16:16 hrs

Pago Bolsillo Electrónico: ¿Quiénes son los beneficiarios del aporte mensual familiar y cómo consultar con RUT?

El "Bolsillo Familiar Electrónico (BFE) es uno de los beneficios que entrega el Gobierno para el que no es necesario postular.


Por Equipo RadioActiva.cl
Bolsillo Familiar Electrónico
Agencia Uno

El alza del precios de los alimentos es una preocupación para varios chilenos y chilenas, es por eso que desde el Gobierno de Chile se tomó dentró de un paquete de medidas del Plan de Seguridad Económica. Desde ahí surge el Bolsillo Familiar Electrónico (BFE), que el medio a través del cual se paga el aporte mensual de $13.500 por causante. 

Para el BFE no es necesario postular y funciona como un beneficio destinado únicamente a cubrir o complementar el valor de las compras de todo tipo de productos en comercios del rubro alimenticio. Esto incluye lugares como almacenes, supermercados o ferias libres. Es importante destacar que se puede utilizar siempre que en estos establecimientos se pueda pagar con tarjeta de débito.

Por lo tanto, este beneficio se puede utilizar de tres formas diferentes:

  • Puede estar activado como complemento de compra por un porcentaje máximo.
  • Puede estar activado hasta por el total del saldo disponible, sin tener la restricción del porcentaje máximo señalado anteriormente.
  • También puede estar desactivado, utilizando para la compra el saldo disponible en su cuenta personal distinta al Bolsillo Familiar Electrónico.

¿A qué personas va dirigido el Bolsillo Familiar Electrónico?

De acuerdo a lo señalado por Chile Atiende, las personas que reciben el beneficio antes mencionado son las siguientes:

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
    • Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
    • Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
    • Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
    • Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
    • Menores de 18 años de edad.

De todas formas si no te quedó claro lo anterior o aún estás con la incertidumbre sobre si puedes recibir el aporte mensual, puedes ingresar al siguiente enlace y digitar los datos solicitados. 


Contenido patrocinado