Ya está terminando el mes de julio, lo que quiere decir que la celebración están cada vez más cerca y en la 92.5 te entregamos todos los detalles del aguinaldo que recibirán algunos ciudadanos chilenos.
La platita que se entregará en el beneficio fue informada por el Instituto de Previsión Social (IPS). Es decir, la institución pública del Ministerio del Trabajo y Previsión Social entregó todos los detalles del monto que se entrega una vez al año.
¿Quiénes son los que recibirán el dinero del aguinaldo de las Fiestas Patrias 2023?
Según consignó Radio Corazón, las personas que deseen cobrar la mencionada platita deben cumplir con un requisito al 31 de agosto. A continuación te entregamos el listado de lo que debes ser para recibir la luquitas del aguinaldo de Fiestas Patrias:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) pensiones mínimas con – Garantía Estatal.
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
- Trabajadores del sector público.
¿Cuál es la cifra de dinero del beneficio?
El monto del aguinaldo de Fiestas Patrias en 2023 es de $23.261 por pensionado. Esta cifra seguirá creciendo en $11.933 por cada persona que sea carga familiar del pensionado o pensionada al 31 de agosto de 2023. Esto pese a que esa persona no tenga derecho a cobrar algún tipo de asignación familia porque su ingreso mensual supera los $979.330.
¿Y qué pasa con el sector privado?
Según lo informado por la página web del IPS, los empleadores del sector privado no tienen la obligación de entregar aguinaldo a sus trabajadores. Sin embargo, las personas en el sector privado tiene derecho a recibir en los siguientes contextos:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador como un derecho de los trabajadores.