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Pastel sin mascarilla se paseó por el supermercado con Covid-19

En tiempos de pandemia no falta la gente irresponsable que pone en riesgo la salud. Fue el caso de un pastel que se paseó por un supermercado

Mariana Miranda |

Supermercado Covid-19

COPIAPO : Fase 2

En tiempos de pandemia no falta la gente irresponsable que pone en riesgo la salud de los demás. Fue el caso de un pastel que se paseó por un supermercado sin mascarilla.

Lo peor de todo es que el hombre estaba contagiado con Covid-19, situación mucho más riesgosa para quiénes compartieron con él.

El hecho ocurrió en Chile Chico, donde el pastel irresponsable de 34 años conversó de lo lindo sin respetar las medidas sanitarias en el supermercado.

Eso no fue todo, ya que recibió mercadería en su casa sin protección. Razón por la que fue formalizado por tres delitos asociados al artículo 318.

Sin embargo, esta no sería la primera vez, ya que el hombre había sido formalizado en noviembre del año pasado por infringir las normas del mismo artículo y manejo en estado de ebriedad, situación que ocurrió en Coyhaique.

La versión de las autoridades

Según indicó el fiscal Álvaro Sanhueza, el 28 de marzo, el imputado fue a un supermercado sin usar mascarilla, aun sabiendo que estaba contagiado con Covid-19.

A su vez, fue visto cerca de un complejo penitenciario conversando sin mascarilla. Y el 31 de marzo recibió un camión repartidor de alimentos en su casa.

En ninguna de las instancias el imputado utilizó las medidas sanitarias determinadas por las autoridades sanitarias.

«Se le formalizó por haber incurrido en tres delitos del artículo 318 bis, esto es el que a sabiendas de las circunstancias sanitarias en la que estaba, puede comenzar a diseminar gérmenes patógenos que podrían afectar seriamente la salud pública», explicó el persecutor.

Por otra parte, la Fiscalía le solicitó al tribunal la medida cautelar de prisión preventiva, ya que se estima que su libertad era un peligro para la seguridad pública.

«No había ninguna otra medida razonable que fuera a cumplir, fue refractario a todas las normas penales que se le han solicitado o por condenas con anterioridad», dijo el fiscal.

Es importante destacar que el artículo 318, indica que aquella persona que, «en tiempo de pandemia, epidemia o contagio, genere, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y una multa que parte en un millón 250 mil pesos, aproximadamente».

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