29 Abr, 2021. 17:05 hrs

Tercer retiro: ¿Se retendrá el dinero a los deudores de pensión alimenticia? ¡Entérate aquí!

el Gobierno confirmó que en los casos donde existan deudas de pensión alimenticia, el dinero será retenido para que pongan los pagos al día


tercer retiro

Ya hay fecha para el tercer retiro de las AFP, a las 9 de la mañana del 3 de mayo se habilitará el trámite de manera online en la página web de cada administradora de fondos para que la gente pueda hacer sus solicitudes.

El plazo para los pagos también está establecido. Se consideran 15 días hábiles para quienes cotizan en el sistema de AFP y 30 días hábiles en el caso de los pensionados con rentas vitalicias. 

Cabe destacar que al igual que los en los proyectos anteriores existen límites respecto a los montos que se pueden retirar. En este tercer retiro el mínimo se estableció en 35 UF es decir $1.000.000 aproximadamente.

En caso de que la persona tenga una cifra menor, podrá retirar la totalidad de sus fondos.

Por su parte el monto máximo se estableció en 150 UF aproximadamente $4.400.000.

Dentro de las grandes interrogantes por resolver se encontraba el hecho de que si se contemplaba la retención de dinero a deudores de pensión alimenticia.

Desde el Gobierno confirmaron que para este nuevo retiro, se estipuló que en los casos donde existan deudas de pensión alimenticia, el dinero será retenido para que pongan los pagos al día.

«Si tienen una deuda de alimentos, tendrán que responder con ese anticipo con esas cargas o hijos con los que no hayan hecho el pago«, explicó el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro.

La confirmación del Poder Judicial

Para pedir esta retención el Poder Judicial informó que una vez publicada la ley que aprobó el tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones, se habilitará una plataforma online de Trámite Fácil para realizar la solicitud del pago de las deudas de pensiones de alimentos. Y recomendaron no utilizar otros tipos de trámites o escritos, ya que ello puede retrasar la tramitación de su solicitud.

En esta ocasión la Comisión del Mercado Financiero (CMF) será la institución encargada de determinar el método en el que se realizará el pago. Las modalidades que existen es el pago junto a la pensión o por separado.


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